Los senadores aprobaron, a unanimidad, un contrato de préstamo por 140 millones de dólares para ser utilizado en el financiamiento del programa de rehabilitación y mantenimiento de infraestructura vial en la República Dominicana.
El empréstito, sometido por el Poder Ejecutivo, ya fue aprobado en la Cámara de Diputados.
Con este financiamiento se busca contribuir a mejorar la conectividad regional del país, a través de la provisión de servicios de transportes seguros, confiables y accesibles, garantizando su disponibilidad para el acceso a servicios básicos y mercados, promoviendo un modelo de empleabilidad inclusiva asociado a las obras.
El programa está diseñado en base a la reducción de los costos de operación vehicular en las vías intervenidas; reducción del tiempo de viaje de los usuarios en las vías intervenidas; e incrementar la resiliencia de la infraestructura intervenida a los efectos del cambio climático.
Financiamiento del empréstito
El préstamo devengará intereses que serán pagaderos por la República Dominicana sobre los saldos de los deudores diarios del préstamo a la tasa de interés basada en SOFR que corresponda más el margen aplicable para préstamos del capital ordinario del banco.
Por cada período de intereses, el prestatario deberá pagar un monto estimado por intereses que se calculará siguiendo una fórmula determinada por el banco, la cual incorporará el índice SOFR publicado por una parte del período de intereses correspondiente y la última tasa SOFR publicada como índice indicativo para el resto de dicho período.
El préstamo será amortizado por la nación mediante 39 cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible, iguales. Las cuales deberán ser pagaderas los días 15 de abril y de octubre de cada año; la última cuota se pagará a más tardar a los 25 años contados a partir de la suscripción del contrato y cuenta con un período de gracia de 6 años.
Sobre las comisiones, el país pagará una comisión de crédito sobre el saldo no desembolsado del préstamo a un porcentaje establecido por el banco periódicamente, como resultado de su revisión de cargos financieros para préstamos de capital ordinario sin que, en ningún caso pueda exceder el 0.75 % por año. La comisión de crédito empezaría devengarse a los 60 días de la suscripción del contrato de préstamo.